Las empresas colaboradoras reciben también el Certificado Fiscal correspondiente para las deducciones fiscales. Para los donativos económicos o los donativos en especie (cuantificados en su valor contable), las empresas tienen derecho a una deducción del 35% en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, con un límite del 10% de la base imponible. Cuando se firma un convenio de colaboración, la cantidad donada se considera un gasto deducible en su totalidad, sin límites y con la posibilidad de deducir los gastos que suponga esta colaboración.
Ser Empresa Amiga es una acción que llena de legitima satisfacción tanto personal como empresarial al saber que se está ayudando a una causa que ayuda a salvar vidas y mejorar la de muchas otras personas. Además tiene también una recompensa objetiva en forma de beneficios fiscales, según se recoge en la ley 49/2002, del 23 de diciembre, que regula el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.